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DECRETO SUPREMO No 12-08-1937 del 12 de Agosto de 1937 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: CORRESPONDENCIA AÉREA. - APRUÉBAME Y RATIFÍCANSE LOS SIGUIENTES ACTOS SANCIONADOS POR EL CONGRESO POSTAL DE LAS AMÉRICAS Y ESPAÑA REUNIDO EN PANAMÁ.



DECRETO SUPREMO
CORRESPONDENCIA AÉREA. - Apruébanse y ratifícanse los siguientes actos sancionados por el Congreso Postal de las Américas y España reunido en Panamá.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES TENIENTE CORONEL GERMAN BUSCH PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO CONSIDERANDO: Que es deber del Gobierno adoptar las medidas más convenientes para dar forma práctica de ejecución al beneficio positivo de transporte de correspondencia por vía aérea y demás convenios suscritos por nuestro país en el último Congreso Postal de las Américas y España, reunido en Panamá en el mes de diciembre de 1936; De acuerdo con el informe de la Dirección General de Comunicaciones; DECRETA:


ARTÍCULO 1O. - Apruébanse y ratifícanse los siguientes actos sancionados por el Congreso Postal de las Américas y España reunido en Panamá. a) - Convenio Principal, su Protocolo Final y Reglamento de Ejecución;
b) - Disposiciones relativas al transporte de correspondencia por vía aérea; c) - Acuerdos relativos a giros y encomiendas postales.


ARTÍCULO 2O. - Los anteriores actos entrarán en vigencia en el Servicio Boliviano, a partir del 1o. de Octubre del año en curso.


ARTÍCULO 3O. - El señor Ministro de Estado en el Despacho de Comunicaciones, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de ...

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