DECRETO SUPREMO Nº 11486
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, como consecuencia de los Decretos Supremos Nºs. 11123 y 11300 se han producido reajustes salariales, en relación a los cuales se dispuso posteriormente por
D.S. 11388, de fecha 21 de marzo del año en curso, los consiguientes incrementos del 27 al 16% sobre los saldos totales en los contratos de construcciones del sector público, según se trate de obras adjudicadas y en ejecución con anterioridad o posterioridad, respectivamente, al 11 de octubre de 1973.
Que, como complemento y reglamentación inherente al indicado
D.S. Nº 11388 corresponde hacer la necesaria asignación de fondos, señalando el canal a través del cual se harán las consiguientes erogaciones y definiendo los requisitos de control y contabilización que sean pertinentes.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Se autoriza al Tesoro General de la Nación desembolsar en favor del DCCP., la suma de SESENTA MILLONES oo/l00 PESOS BOLIVIANOS ($b. 60.000.000.-) para cubrir los incrementos del 27% y 16% establecidos en el
D.S. 11388 de 21III-74 que recaen sobre los saldos totales de los contratos al 11-X-73, con cargo al grupo 400, Activos Fijos y Financieros, Subgrupo 410 Inmobiliarios, Partida 422 Reajustes para construcciones, del presupuesto del Ministerio de Finanzas, de acuerdo al ...
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