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DECRETO SUPREMO No 11478 del 16 de Mayo de 1974 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Se determina que el retiro voluntario del trabajador se reduce a un minima de cinco años.



DECRETO SUPREMO Nº 11478
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, se requieren medidas colaterales que compensen el costo de vida permitiendo a la clase trabajadora hacer uso, a breve plazo y en forma efectiva, de los beneficios reconocidos por las disposiciones legales del carácter social;
Que, el término para acogerse al RETIRO VOLUNTARIO debe reducirse a un lapso más racional en función de la vida activa del trabajador y de la posibilidad de gozar de sus beneficios emergentes;
Que, la facultad de recibir la indemnización por retiro voluntario debe mantenerse como un derecho adquirido, en el transcurso del tiempo, sin lugar a revisión ni pérdida por causas producidas después de haberse consolidado.

EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:


ARTÍCULO 1.- Se modifica el artículo 2º de la Ley de 21 de diciembre de 1948, que dirá:"Si el trabajador tuviera cinco o más años contínuos de servicios cumplidos recibirá la indicada indemnización aunque se retire voluntariamente. Cualquier contratación posterior de los trabajadores que se acojan a este beneficio sólo procederá previo acuerdo de ambas partes".


ARTÍCULO 2.- Los derechos adquiridos por los trabajadores cada cinco años, si no se acogen al retiro voluntario, serán acumulados, o sea que la pérdida de sus beneficios sociales en aplicación de las causales señaladas en el ...

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