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DECRETO SUPREMO No 11312 del 30 de Enero de 1974 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Se repone la vigencia hasta el 28 de febrero de 1974 la Amnistía Tributaria, Régimen de Excepción de Notas de Cargo y Condonación de multas e intereses.



DECRETO SUPREMO Nº 11312
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:

Que, el Supremo Gobierno con gran sacrificio fiscal dictó las medidas relativas a la amnistía tributaria, tratamiento de excepción a las Notas de Cargo y condonación de multas e intereses, las mismas que fenecieron el 31 de diciembre de 1973.
Que, sólo en una situación de excepción como la que se presenta en la actualidad es posible poner en vigencia un nuevo período de amnistía y tratamiento de excepción a las Notas de Cargo.
Que, igualmente es necesario fijar un tratamiento de excepción para las obligaciones tributarias emergentes de la retención del impuesto a los servicios personales por gestiones anteriores a 1969, en las cuales, por mandato de disposiciones de distinta jerarquía legal, la base imponible variaba para los diferentes sectores de actividad, económica, gestiones para las cuales es de aplicación la prescripción impositiva establecida en el Código Tributario.
EN CONSEJO DE MINISTROS Y CON EL
DICTAMEN FAVORABLE DEL CONSEJO NACIONAL
DE ECONOMIA Y PLANIFICACION,


DECRETA:


ARTÍCULO 1.- Se repone la vigencia, solo desde la fecha de dictación del presente Decreto hasta el 28 de febrero de 1974 de los regímenes de excepción establecidos en los siguientes Decretos;
a) AMNISTIA TRIBUTARIA.-Decretos Supremos Nos. 11120 de 11 de ...

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