DECRETO SUPREMO No 11121 del 11 de Octubre de 1973 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Autoriza a la Dirección General de la Renta Interna, extender a través de sus Administraciones Regionales, el formulario fiscal de SOLVENCIA TRIBUTARIA en la forma que indica.
DECRETO SUPREMO Nº 11121
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, existiendo disposiciones legales dispersas sobre el otorgamiento del Certificado de Solvencia Tributaria que se extiende en las Administraciones Distritales de la Dirección General de la Renta Interna, es necesario dictar una norma que las unifique adoptando a la vez un racional y rápido procedimiento.
Que, todo ciudadano que exige legítimos derechos de las instituciones públicas, también está en la obligación de acreditar que no tiene obligaciones impositivas pendientes con el fisco, a cuyo efecto es conveniente facultar a las oficinas de la Renta Interna, la extensión del certificado que justifique la Solvencia Tributaria Fiscal.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Se faculta a la Dirección General de la Renta Interna, extender a través de sus Administraciones Distritales, el formulario fiscal de Solvencia Tributaria que soliciten las personas naturales y jurídicas, previa la verificación exhaustiva del pago de tributos fiscales.
ARTÍCULO 2.- El formulario fiscal de Solvencia Tributaria será requerido indefectiblemente en los siguientes casos:
a) Trámites administrativos que se gestionen ante el Ministerio de Finanzas, reparticiones de la Renta y Aduana.
b) Asumir funciones públicas.
c) Devolución de fianzas ante la Contraloría General de la República.
d) Trámites de personería jurídica.
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