DECRETO SUPREMO No 1095 del 01 de Abril de 1948 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: DIVISAS.- SE APRUEBA SU PRESUPUESTO PARA 1948.
DECRETO SUPREMO Nº 1095 1º DE ABRIL DIVISAS.- Se aprueba su presupuesto para 1948. ENRIQUE HERTZOG G. PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que el Art. 110 de la Constitución Política otorga al Estado la facultad de controlar el uso y manejo de las divisas extranjeras; Que es necesario cuidar el buen uso y distribución adecuada de las disponibilidades en divisas de las que depende en gran parte la vida del país para el pago de alimentos y artículos importados; Que la inversión de divisas se ha efectuado hasta ahora sin el ordenamiento apropiado, lo que se ha traducido en un desequilibrio entre los ingresos y egresos que afecta desfavorablemente a la balanza de pagos; Que para conseguir el abaratamiento de diversas mercaderías en el interior del país es preciso proceder a la descentralización en la distribución de divisas; EN CONSEJO DE MINISTROS, DECRETA: Art. 1º- Para su vigencia en el presente ejercicio de 1948 y a partir de enero último, se aprueba el siguiente presupuesto en divisas; INGRESOS (Cifras estimadas en dólares estadounidenses) 1.- Comercio exterior visible a).- Entrega obligatoria por exportaciones de estaño .............................................................. $US. 44.661.400.- b).- Entrega obligatoria por exportaciones de minerales no estañíferos ................................. " 5.000.000.- c).- Entrega obligatoria por exportación de productos agropecuarios ............................... " 3.000.000.- 2.- Comercio Exterior invisible. a).- ...
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