DECRETO SUPREMO Nº 10892
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante
Decreto Supremo Nº 09233 de fecha 25 de mayo de 1970, fue aprobado el Convenio Financiero de Crédito suscrito el 21 de mayo de 1970, entre la República de Bolivia, representada por los Ministros de Finanzas, de Industria, Comercio y Turismo y la entidad Para-Estatal"Industrial Ltd.", por Randa 3.600.000.-, con destino a la Corporación Minera de Bolivia.
Que, el citado Convenio financiero de Crédito, por acuerdo de las altas partes contratantes precisa ser enmendado y aclarado en beneficio del prestatario.
Que, es necesario delegar y autorizar al Ministerio de Finanzas, como único sujeto de crédito, de acuerdo a la actual legislación vigente, la suscripción del documento de enmienda.
EN CONSEJO DE MINISTROS Y CON EL DICTAMEN FAVORABLE DEL
CONSEJO NACIONAL DE ECONOMIA Y PLANIFICACION,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Facúltase al señor Ministro de Finanzas para que en representación del Gobierno de Bolivia suscriba el acuerdo enmendatorio al Convenio Financiero de Crédito, vigente entre el Gobierno de Bolivia y la Entidad Para-Estatal "Industrial Development Corporation Of South Africa Ltd.", firmado en fecha 21 de mayo de 1970.
El señor Ministro de Finanzas queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el ...
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