DECRETO SUPREMO No 10650 del 20 de Diciembre de 1971 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Crea la Comisión Técnica, Calificadora que, tendrá a su cargo la cancelación de inscripciones y registros de productos farmacéuticos.
DECRETO SUPREMO Nº 10650
CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Reglamento de Farmacias y Laboratorios, aprobado por Decreto Supremo Nº 07411 de 1º de diciembre de 1965, obliga a todas las firmas Importadoras e Industriales Nacionales de especialidades farmacéuticas, al registro é inscripción de sus productos, para su venta y consumo en todo el territorio nacional;
Que, en los registros de productos farmacéuticos, a cargo del Ministerio de Previsión Social y Salud Pública, existen inscripciones de especialidades farmacéuticas, que no obstante haber sido sustituídas por nuevos productos de mayor eficacia y utilidad terapéutica debido al avance científico, se continuan importando en perjuicio de la economía popular, afectando al mismo tiempo a nuestra balanza de pagos.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DE CRETA:
ARTÍCULO 1.- Créase la Comisión Técnica Calificadora dependiente del Ministerio de Previsión Social y Salud Pública, la que tendrá a su cargo la cancelación de la inscripción y registro de productos farmacéuticos, nacionales é importados que carecen a la fecha de eficacia farmacelógica y terapéutica, la misma que funcionará en forma permanente, para evitar su futura importación, producción y venta.
ARTÍCULO 2.- Los productos farmacéuticos que no cuentan con el respectivo registro é inscripción de acuerdo a normas vigentes, no podrá importarse ni producirse en el país, ...
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