DECRETO SUPREMO Nº 10355
CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Supremo Gobierno, mediante
Decreto Ley Nº 09873 de 4 de septiembre de 1971, dispuso la clausura temporal de las Universidades, en cuya emergencia, determinó que los recursos destinados por disposiciones legales para el mantenimiento de las universidades públicas, sean centralizadas en cuentas bancarias especiales, confiando la custodia de sus bienes a la Controlaría General de la República;
Que, mediante
Decreto Supremo Nº 09953 de 8 de octubre de 1971, se encomendó al Ministerio de Finanzas, a través del Tesoro General de la Nación, el manejo y administración de los recursos universitarios;
Que, a su vez, por Decreto Ley Nº 10298 de 16 de junio del año en curso, ha sido promulgada la Ley Fundamental de la Universidad Boliviana, estableciendo las nuevas estructuras tanto académicas como administrativas;
Que, es menester dictar medidas complementarias tendientes a restablecer y normalizar las actividades de la enseñanza superior.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- A partir del día 1º de julio del año en curso, la administración de los recursos universitarios encomendada al Ministerio de Finanzas -Tesoro General de la Nación-pasará a depender de la Universidad Boliviana de acuerdo a lo establecido en el Decreto Ley Nº 10298. ...
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