DECRETO SUPREMO Nº 10125
CNL .DAEM. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, en el año de 1956, mediante
Decreto Supremo Nº 04309 se declaró de necesidad y utilidad pública el establecimiento del Parque Nacional de Mallasa con la finalidad de contar con espacios verdes, campos de esparcimiento, paseos y construcciones deportivas, a cargo de una Comisión Impulsora que no pudo cumplir su finalidad debido a varios factores.
Que, encontrándose al presente el citado Parque Nacional de Mallasa dentro del radio urbano de esta ciudad requiere de una atención permanente que haga posible su conservación y mejoramiento.
Que, a este objeto la Municipalidad de La Paz, cuenta con el Departamento Forestal, con elemento técnico competente y los recursos suficientes para la atención de parques y forestación en general.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Transfiérase a la Municipalidad de La Paz, el Parque Nacional de Mallasa, con todos sus usos, costumbres y servidumbres, servicio de agua potable existente con instalaciones actuales; construcciones y muebles que lo guarnece, así como el privilegio de uso de las aguas del río Chequeyapu y riachuelo de Achocalla, vertientes y espacios libres de terreno que sean necesarios para su forestación, con destino a área verde de la ciudad, campos de esparcimiento y construcciones deportivas.
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