DECRETO SUPREMO N° 0932
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Artículo 232 de la
Constitución Política del Estado, establece que la administración pública se rige por los principios de legitimidad, legalidad, imparcialidad, publicidad, compromiso e interés social, ética, transparencia, igualdad, competencia, eficiencia, calidad, honestidad, responsabilidad y resultados.
Que el Artículo 1 de la
Ley Nº 1178, de 20 de julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales, determina que todo servidor público, sin distinción de jerarquía, asume plena responsabilidad por sus actos rindiendo cuenta no sólo de los objetivos a que se destinaron los recursos públicos que le fueron confiados, sino también de la forma y resultado de su aplicación.
Que el Artículo 18 de la
Ley Nº 050, de 9 de octubre de 2010, modifica el Artículo 44 del Presupuesto General del Estado - Gestión 2010, vigente por disposición del Artículo 41 de la
Ley N° 062, de 28 de noviembre de 2010, Presupuesto General del Estado - Gestión 2011.
Que el Parágrafo IV del Artículo 27, del
Decreto Supremo N° 0772, de 19 de enero de 2011, dispone que el importe, uso y destino de la transferencia público-privada y la reglamentación especifica deberán ser aprobados por ...
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