DECRETO SUPREMO del 08 de Febrero de 1939 - 4 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: REGLAMENTO- SE PONE EN VIGENCIA EL DE HOSPITALES. MINISTERIO DE SALUBRIDAD
DECRETO SUPREMO REGLAMENTO- Se pone en vigencia el de Hospitales. Ministerio de Salubridad
GERMAN BUSCH, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA. CONSIDERANDO: Que es indispensable dotar a los Hospitales de la República de un Reglamento que regule su normal funcionamiento en beneficio de la salud pública.
DECRETA: ARTÍCULO Lº.- A partir de la promulgación del presente Decreto, se pone en vigencia el Reglamento General de Hospitales faccionado por el Ministerio de Higiene y Salubridad, que consta de 35 capítulos y 211 artículos. Artículo 2º- Los Directores de Hospitales cumplirán y harán cumplir las prescripciones de dicho Reglamento, bajo su responsabilidad. El señor Ministro de Higiene y Salubridad queda encargado de la ejecución del presente Decreto. Dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de febrero de mil novecientos treinta y nueve años. TCNL. G. BUSCH.- Alfredo Mollinedo. ES CONFORME: J. Antezana Estrada, Subsecretario de Salubridad.
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