DECRETO SUPREMO Nº 0164 EVO MORALES AYMA PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
QUE EL PARÁGRAFO I DEL ARTÍCULO 318 DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO, ESTABLECE QUE EL ESTADO DETERMINARÁ UNA POLÍTICA PRODUCTIVA INDUSTRIAL Y COMERCIAL, QUE GARANTICE UNA OFERTA DE BIENES Y SERVICIOS SUFICIENTES PARA CUBRIR DE FORMA ADECUADA LAS NECESIDADES BÁSICAS INTERNAS, Y PARA FORTALECER LA CAPACIDAD EXPORTADORA.-
Que el
Decreto Supremo Nº 29453, de 22 de febrero de 2008, crea el Fondo para la Reconstrucción, Seguridad Alimentaria y Apoyo Productivo, con un monto inicial de $us600.000.000.(SEISCIENTOS MILLONES 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES) destinados a la solución de situaciones de encarecimiento de precios, desabastecimiento e inseguridad alimentaria emergentes de desastres, la reconstrucción de infraestructura productiva y social, así como la recuperación de los procesos productivos en el marco de la
Ley Nº 2140, de 25 de octubre de 2000.
Que la
Ley Nº 3956, de 7 de noviembre de 2008, autoriza al Poder Ejecutivo, incorporar en el Presupuesto General de la Nación 2008, los recursos del Fondo para la Reconstrucción, Seguridad Alimentaria y Apoyo Productivo, establecidos en el
Decreto Supremo Nº 29453.
QUE EL ARTÍCULO 38 DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN - GESTIÓN 2009, APROBADO POR FUERZA DE LEY, ...
Hay 1184 palabras restantes para leer que son aproximadamente 5 páginas ...