DECRETO SUPREMO Nº 0140
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que los Artículos 20, 373 y 374 de la
Constitución Política del Estado, establecen que toda persona tiene derecho al acceso universal y equitativo a los Servicios Básicos de agua potable y alcantarillado entre otros, y que es responsabilidad del Estado proveerlos a través de las entidades públicas correspondientes, de acuerdo a principios establecidos en la Constitución, así como proteger y garantizar el uso prioritario del agua para la vida, gestionando, regulando, protegiendo y planificando el uso adecuado y sustentable de los recursos hídricos con participación social, garantizando el acceso al agua a todos sus habitantes.
Que en el marco de la
Ley Nº 2140, de 25 de octubre de 2000, para la Reducción de Riesgos y Atención de Desastres, se emitió el
Decreto Supremo Nº 29425, de 21 de enero de 2008, que declara Situación de Emergencia de carácter nacional, debido a la presencia de fenómenos hidrometereológicos adversos, inundaciones y granizadas suscitadas en diferentes regiones del territorio nacional, provocados como consecuencia del "Fenómeno de La Niña 2007 2008".
Que por
Decreto Supremo Nº 29438, de 12 de febrero de 2008, se declaró Situación de Desastre de carácter nacional por la presencia de efectos hidrometereológicos y ...
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