Decreto Presidencial Nº 28603
EVO MORALES AIMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que la
Ley Nº 3090 de 6 de julio de 2005, Ley Interpretativa del Artículo 109 de la Constitución Política del Estado, establece que la designación presidencial de los Prefectos de Departamento se realizará precedida de un proceso de elección por voto universal y directo, por simple mayoría y un período de gestión de cinco años coincidentes con las elecciones municipales.
Que mediante
Decreto Supremo Nº 28077 de 8 de abril de 2005 se convocó a elecciones para la selección de Prefectos en los nueve Departamentos, habiéndose fijado como fecha de su realización el día 12 de agosto de 2005, misma que a través de
Decreto Supremo Nº 28229 de 6 de julio de 2005 fue modificada, estableciéndose que dicho proceso debía realizarse simultáneamente a las elecciones generales previstas para Presidente, Vicepresidente, Senadores y Diputados, en el marco de la
Ley Nº 3090.
Que en fecha 18 de diciembre de 2005 se realizaron las elecciones para la selección de Prefectos de Departamento en todo el territorio de la República,
Que corresponde al Presidente Constitucional de la República, designar a los Prefectos de Departamento seleccionados en el proceso eleccionario del día 18 de diciembre de 2005, de conformidad a la
Ley Nº 3090 - ...
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