DECRETO LEY No 7481 del 20 de Enero de 1966 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Crea impuestos de $b.0.05 y 0.10 sobre cada, kilogramo de carne bovina faeneada en mataderos del Beni, con fines de comercialización interna y exportación.
DECRETO LEY Nº 07481
GENERAL DE EJERCITO ALFREDO
OVANDO CANDIA
PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
C O N S I D E R A N D O:
Que corresponde al Supremo Gobierno crear, suprimir y administrar los ingresos destinados a la realización de obras de beneficio público.
Que el Departamento del Beni requiere de recursos para la ejecución de importantes obras de desarrollo regional, cuyo financiamiento no es posible hacerlo, en las condiciones actuales, por el Tesoro de la Nación.
Que los centros de producción de artículos de consumo nacional deben coparticipar del rendimiento de éstos, en beneficio del mayor desarrollo regional.
Que la producción y la comercialización de carne bovina procedente del Departamento del Beni debe beneficiar, por lo menos en parte, al desarrollo económico y social de dicho Departamento, en forma que ello no signifique una incidencia intolerable en el costo de vida general, como lo hacen otros renglones de la producción nacional en provecho de los distritos productores.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRET A:
ARTÍCULO 1.- Créase el impuesto de cinco centavos de pesos bolivianos ($b. 0,05) sobre cada kilogramo de carne bovina faenada en los mataderos y frigoríficos del Departamento del Beni con fines de comercialización en los centros de consumo de los demás distritos de la ...
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