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DECRETO LEY No 18761 del 23 de Diciembre de 1981 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Actualización de montos a los cuales deberán sujetarse las adquisiciones del Sector Público.



DECRETO LEY Nº 18761
GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

C O N S I D E R A N D O:

Que mediante Decreto Ley No 15223 de 30 de diciembre de 1977, fue aprobada la Ley de Adquisiciones del Sector Público, encargada de regular las adquisiciones de bienes de uso o consumo, muebles o inmuebles para este Sector;
Que desde la fecha de su promulgación, se han producido constantemente elevaciones en los costos de los bienes como consecuencia de la variación en el tipo de cambio y el alza del costo de vida;
Que es necesario actualizar los montos a los cuales deberán sujetarse las adquisiciones que efectúe el Gobierno Central, los Ministerios, Instituciones Públicas, Descentralizadas, Administración Regional, Departamental y Administración Local;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.­Los Organismos del Sector Público, sean estos del Gobierno Central, Instituciones Públicas, Descentralizadas, Administración Regional, Departamental y Adminitración Local, podrán efectuar adquisiciones en forma directa cuando el monto de la operación no exceda de los $b. 800.000.­­a cuyo efecto deberán recabar previamente tres cotizaciones diferentes de casas comerciales y/o empresas industriales legalmente establecida, las mismas que serán evaluadas por el departamento administrativo, para su posterior adjudicación, mediante Resolución interna. Pasado este monto, se convocará a licitación pública. Esta Disposición no es aplicable a la adquisición de vehículos ...

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