DECRETO LEY No 16323 del 29 de Marzo de 1979 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Autorízase a la H. Junta Superior de Decisiones de COSSMIL llevar adelante el equipamiento integral del Hospital Social Central de La Paz; La construcción y equipamiento de los Hospitales Militares de Cochabamba y Sta. Cruz y la adquisición de vehículos hospitalarios.
DECRETO LEY Nº 16323
GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA HONORABLE JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
QUE, DENTRO DE LAS FINALIDADES DEL SEGURO SOCIAL MILITAR SE ENCUENTRAN LAS PRESTACIONES BÁSICAS EN ORDEN A LA SALUD, QUE PERMITAN PROTEGER A LOS MIEMBROS DE LAS FUERZAS ARMADAS Y SUS FAMILIARES EN LOS REGÍMENES DE MEDICINA PREVENTIVA, CURATIVA Y DE ESPECIALIDADES, CONFORME A LAS PROVISIONES DEL LIBRO TERCERO, CAPÍTULO I, ARTS. 50 Y SIGUIENTES DEL D.L. Nº 11901 DE 21 DE OCTUBRE DE 1974, QUE CREÓ LA CORPORACIÓN DE SEGUROS SOCIAL MILITAR;
Que, para tal fin es de necesidad fundamental y de carácter prioritario implementar el moderno Hospital Social Central de las Fuerzas Armadas construído en la zona de Miraflores de la ciudad de La Paz, a fin de que comience a funcionar en condiciones que permitan cumplir con su alta finalidad social, tanto en beneficio del personal militar como de la población civil y la aplicación del Plan Nacional de Salud trabajado y planificado en la Corporación del Seguro Social de las Fuerzas Armadas;
Que, el Ministerio de Defensa Nacional, mediante la Corporación del Seguro Social Militar "COSSMIL", ha planteado la urgente necesidad de proceder a la continuación y conclusión de la infraestructura del Hospital Social Central de las Fuerzas Armadas, de manera que COSSMIL pueda cumplir con las atribuciones que le fija la Ley, en orden a ...
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