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Resolución Administrativa Nº 05-0010-01 del 07 de marzo de 2001 de Impuestos Internos publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Emisión de notas fiscales mediante sistemas computarizados


RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 05-0010-01

La Paz, 7 de marzo de 2001

VISTOS Y CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 13 del D.S. N° 21530 (Texto Ordenado Vigente), dispone que las normas administrativas sobre la forma de emisión de facturas notas fiscales o documentos equivalentes, deben ser dictadas por la Administración Tributaria.

Que, mediante Resolución Administrativa Nº 05-0043-99 de 13 de agosto de 1999, se consolidan todas las Resoluciones Administrativas referentes al Sistema de Facturación.

Que, el Servicio Nacional de Impuestos Internos está llevando a cabo un proceso de modernización de sus sistemas informáticos de facturación con el objetivo de mejorar el control en el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes.

POR TANTO:

El Servicio Nacional de Impuestos Internos, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 127 del Código Tributario.

RESUELVE:

1. Para la emisión de notas fiscales por medio de sistemas computarizados, los contribuyentes previamente deberán presentar el Formulario 304 en las Direcciones Distritales en las que no esté implantado el SIRAT; en las que esté implantado el SIRAT deberán presentar el Formulario 3349-1 para la inscripción de los equipos de emisión de Notas Fiscales a ser utilizados.

Las notas fiscales emitidas a través de medios computarizados podrán ser impresas en “formulario continuo” o “tipo cuerpo talón” y deberán cumplir con la información requerida en los ...

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