LEY N° 1757
LEY DE 14 DE AGOSTO DE 2026
RODRIGO PAZ PEREIRA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.
I. De conformidad a lo establecido en el numeral 10 del Parágrafo I del Artículo 158 de la
Constitución Política del Estado, se aprueba el Convenio de Financiación Fuente PBAS No. 2000005421 y Fuente BRAM No. 2000005420, para el “Programa para el Desarrollo de una Agricultura Sostenible y Resiliente - AGROSUSTENTAR”, suscrito el 23 de octubre de 2025, entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola – FIDA, por un monto de hasta EUR21.120.000.- (Veintiún Millones Ciento Veinte Mil 00/100 Euros).
II. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Tesoro General de la Nación – TGN, asumir el repago de las obligaciones que sean contraídas en la ejecución del Convenio de Financiación Fuente PBAS No. 2000005421 y Fuente BRAM No. 2000005420, aprobado por la presente Ley.
III. El Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Planificación del Desarrollo y Medio Ambiente, en coordinación con el Ministerio de Desarrollo Productivo, Rural y Agua, deberá informar a detalle, semestralmente, de manera oral y escrita, a ...
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