LEY No 1720 del 10 de Abril de 2026 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: La presente Ley tiene por objeto autorizar al Instituto Nacional de Reforma Agraria – INRA, a realizar la conversión de la clasificación de la pequeña propiedad titulada a propiedad mediana.
LEY N° 1720 LEY DE 10 DE ABRIL DE 2026
RODRIGO PAZ PEREIRA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. (OBJETO).
La presente Ley tiene por objeto autorizar al Instituto Nacional de Reforma Agraria – INRA, a realizar la conversión de la clasificación de la pequeña propiedad titulada a propiedad mediana.
ARTÍCULO 2. (ÁMBITO DE APLICACIÓN).
La presente Ley se aplicará a nivel nacional a todas las pequeñas propiedades que se encuentren tituladas por el INRA y que cumplan con los requisitos establecidos para su conversión.
ARTÍCULO 3. (AUTORIZACIÓN).
Se autoriza al INRA a realizar la conversión de la clasificación de la pequeña propiedad titulada a propiedad mediana, en un plazo máximo de diez (10) días hábiles.
ARTÍCULO 4. (CONVERSIÓN).
I. La conversión es un procedimiento de actualización catastral por el cual la o el titular del derecho propietario de la pequeña propiedad, solicita por escrito y de manera voluntaria al INRA, el cambio en la clasificación de su propiedad a mediana propiedad, sin más trámite que la solicitud escrita y una declaración jurada voluntaria donde exprese claramente la decisión de la conversión.
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