LEY Nº 1559 LEY DE 17 DE ABRIL DE 2024
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
DÍA NACIONAL DE LA EXPRESIÓN ARTÍSTICA CULTURAL VIVA LA "SAYA AFROBOLIVIANA"
ARTÍCULO 1. (OBJETO).
Se declara día nacional de la expresión artística cultural viva la "SAYA AFROBOLIVIANA", perteneciente al Pueblo Afroboliviano el 29 de junio de cada año, en conmemoración a la fecha de nacimiento del Héroe Nacional de la Guerra del Chaco Sr. Pedro Andaverez Peralta.
ARTÍCULO 2. (CELEBRACIÓN).
La celebración del día nacional de la expresión artística cultural viva la "SAYA AFROBOLIVIANA" se desarrollará principalmente en Los Yungas del Departamento de La Paz y en todas las regiones del territorio boliviano donde se practica la misma.
ARTÍCULO 3. (POLÍTICAS PÚBLICAS).
El Ministerio de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización y las entidades territoriales autónomas del país, en el marco de sus competencias, coordinarán con las organizaciones involucradas con la expresión artística cultural viva la "SAYA AFROBOLIVIANA" el cumplimiento y ejecución de la presente Ley.
ARTÍCULO 4. (PROMOCIÓN Y DIFUSIÓN).
I. El Ministerio de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización, queda encargado de la promoción, difusión, conservación, defensa y salvaguardia de la música ...
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