LEY Nº 1555
LEY DE 05 DE ABRIL DE 2024 LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.
De conformidad con el numeral 13, Parágrafo I del Artículo 158 de la
Constitución Política del Estado, se aprueba la transferencia, a título gratuito, de un bien inmueble de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Belén de Andamarca, con una superficie de 1.020,00 metros cuadrados (m2), ubicado en el Distrito Real de Machacamarca, Municipio de Belén de Andamarca, Provincia Sur Carangas del Departamento de Oruro, registrado en oficinas de Derechos Reales, bajo el Folio Real con Matrícula Computarizada Nº 4.12.2.01.0000053, cuyas colindancias son: al Norte, con la propiedad del señor Jaime Huanca; al Sur, con la propiedad del señor David Canaviri; al Este, con la Avenida Consolidación y al Oeste, con Cerro Munacilla; a favor de la Policía Boliviana, con destino exclusivo para la construcción de un Módulo Policial, de conformidad a la Ley Municipal Autonómica Nº 136/2021, promulgada el 15 de noviembre de 2021, modificada por la Ley Municipal Autonómica Nº 151/2023, promulgada el 12 de julio de 2023, emitidas por el Gobierno Autónomo Municipal de Belén de Andamarca.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en ...
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