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LEY No 1431 del 26 de Mayo de 2022 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Modifica los Parágrafos I y IV del Artículo 135 de la Ley N° 708, de 25 de junio de 2015, de Conciliación y Arbitraje, modificados por la Ley N° 936, de 3 de mayo de 2017


LEY N° 1431
LEY DE 25 DE MAYO DE 2022

LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO.

Se modifican los Parágrafos I y IV del Artículo 135 de la Ley N° 708, de 25 de junio de 2015, de Conciliación y Arbitraje, modificados por la Ley N° 936, de 3 de mayo de 2017, con el siguiente texto:

"I. El Estado Plurinacional de Bolivia podrá suscribir Acuerdos de Solución Amistosa en el marco del Sistema Interamericano de Derechos Humanos conforme al Reglamento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y al Reglamento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos."

"IV. La Procuraduría General del Estado será el ente técnico que, previa consulta al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas sobre la disponibilidad de recursos económicos, mediante informe técnico legal, propondrá ante la CESADH, la posibilidad de arribar a un Acuerdo de Solución Amistosa."

DISPOSICIÓN ADICIONAL

ÚNICA.

Los Acuerdos de Solución Amistosa suscritos por el Estado Plurinacional de Bolivia, adquirirán calidad de cosa juzgada formal y material, con todos sus efectos, cuando estén conforme a la normativa del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, habilitando la acción ...

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