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LEY No 988 del 04 de Marzo de 1988 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Que ratifica los instrumentos internacionales de la Unión Postal Universal, suscritos por el Gobierno de Bolivia.


Ley Nº 988

VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTÍCULO 1. Se ratifica los siguientes instrumentos internacionales de la Unión Postal Universal, suscritos por el Gobiernos de Bolivia.

Constitución de la Unión Postal Universal, Protocolo final (Modificada por los Protocolos Adicionales de Tokio de 1969 de Lausana de 1974 y de Hamburgo de 1984);

Protocolo Adicional a la Constitución de la Unión Postal Universal;

Reglamento General de la Unión Postal, Protocolo Final;

Convenio Postal Universal. Protocolo Final. Reglamento de Ejecución; y

Acuerdo Relativo a Encomiendas Internacionales. Protocolo Final y Reglamento de Ejecución.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintitrés días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y ocho años.

Fdo. H. Ciro Humboldt Barrero.- PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Willy Vargas Vacaflor.- PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. Oscar Lazcano Henry.- SENADOR SECRETARIO.- H. Alfredo Cuéllar Vargas.- SENADOR SECRETARIO.- H. Ulises Hurtado Cuellar.- DIPUTADO SECRETARIO.- H. Carlos Farah Aquím.- DIPUTADO SECRETARIO.-

Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

Palacio de ...

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