LEY No 895 del 10 de Noviembre de 1986 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Autorizar y aprobar el convenio de crédi to entre la República de Boli-via y la Asociación Internacio nal de Desarrollo, por un monto equivalente a $us. 15.000.000.-
Ley Nº 895
VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:
Artículo Único.- Autorizar y aprobar el convenio de crédito entre la República de Bolivia y la Asociación Internacional de Desarrollo, destinado a complementar la implementación del Proyecto Vuelta Grande, por un monto de 12.800.000.- Derechos Especiales de Giro, equivalente aproximadamente a 15.000.000.- de dólares americanos.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los seis días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y seis años.
H. CIRO HUMBOLDT BARRERO, Presidente del H. Senado Nacional.- H. Willy Vargas Vacaflor, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Jaime Villegas Duran, Senador Secretario.- H. Oscar Lazcano Henry, Senador Secretario.- H. Hedím Céspedes Cossío, Diputado Secretario.- H. Fernando Kieffer Guzmán., Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y seis años.
VICTOR PAZ ESTENSSORO, Presidente Constitucional de la República.- Lic. Juan L. Cariaga, Ministro de Finanzas. - Ing. Carlos Morales Landivar, Ministro de Energía e Hidrocarburos
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