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LEY No 663 del 29 de Octubre de 1984 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Declarase de alta prioridad nacional y de utilidad pública la realización del Proyecto Integral de Vinculación Vial entre los Departamentos de Santa Cruz, Chuquisaca y Tarija


Ley Nº 663

HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.-

Declárase de alta prioridad nacional y de utilidad pública la realización del Proyecto Integral de Vinculación Vial entre los Departamentos de Santa Cruz, Chuquisaca y Tarija sobre la base de las carreteras troncales Santa Cruz - Camiri - Villamontes - Yacuiba - Bermejo y Villamontes - Tarija y los ramales a Muyupampa, Charagua y D' Orbigny.

ARTÍCULO 2º.-

Con el objeto de que la construcción de estas carreteras y ramales comience a la brevedad posible, se encomienda al Servicio Nacional de Caminos y a las Corporaciones de Desarrollo de Santa Cruz, Tarija y Chuquisaca el perfeccionamiento inmediato de los estudios y diseños finales pertinentes.

ARTÍCULO 3º.-

Autorízase al Poder Ejecutivo a gestionar ante los organismos internacionales de financiamiento la obtención de recursos para la ejecución del Proyecto.

ARTÍCULO 4º.-

Derógase todas las disposiciones contrarias a la presente Ley.

Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dado en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los dieciocho días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y cuatro años.

H. JULIO GARRETT AILLON, ...

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