LEY No 663 del 29 de Octubre de 1984 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Declarase de alta prioridad nacional y de utilidad pública la realización del Proyecto Integral de Vinculación Vial entre los Departamentos de Santa Cruz, Chuquisaca y Tarija
Ley Nº 663
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.-
Declárase de alta prioridad nacional y de utilidad pública la realización del Proyecto Integral de Vinculación Vial entre los Departamentos de Santa Cruz, Chuquisaca y Tarija sobre la base de las carreteras troncales Santa Cruz - Camiri - Villamontes - Yacuiba - Bermejo y Villamontes - Tarija y los ramales a Muyupampa, Charagua y D' Orbigny.
ARTÍCULO 2º.-
Con el objeto de que la construcción de estas carreteras y ramales comience a la brevedad posible, se encomienda al Servicio Nacional de Caminos y a las Corporaciones de Desarrollo de Santa Cruz, Tarija y Chuquisaca el perfeccionamiento inmediato de los estudios y diseños finales pertinentes.
ARTÍCULO 3º.-
Autorízase al Poder Ejecutivo a gestionar ante los organismos internacionales de financiamiento la obtención de recursos para la ejecución del Proyecto.
ARTÍCULO 4º.-
Derógase todas las disposiciones contrarias a la presente Ley.
Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los dieciocho días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y cuatro años.
H. JULIO GARRETT AILLON, ...
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