LEY No 59 del 23 de Diciembre de 1960 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Sección Municipal. Créasa en Cochabamba.
Ley Nº 59
VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
POR TANTO: El Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Se crea en la provincia Quillacollo, del departamento de Cochabamba, la 4º SECCIÓN Municipal, cuya capital será la población de Vinto.
ARTÍCULO 2. La nueva SECCIÓN municipal estará formada por las siguientes poblaciones: Mallo- Rancho, Viloma, Chaupisuyo, Huanña- Cahua, Sauce Rancho, Mallco- Chapi, Payacollo, Huancarani, Igmani, Caltancani, Llave, Collpa y Cotani; quedando elevados a rango de cantones las poblaciones de Mallco- Rancho, la Chulla y Machac Marca
ARTÍCULO 3. De acuerdo con el artículo 6º del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950 la nueva delimitación territorial de esta cuarta sección, correrá a cargo del Instituto Geográfico Militar.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines Constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 10 de diciembre de 1960.
Fdo. Rubén Julio., Presidente del H. Senado Nacional; E. Ayala Mercado, Presidente de la Cámara de Diputados; F. Ayala Requena., Senador Secretario; Ciro Humboltd, Senador Secretario; Guillermo Muñoz de la Barra., Diputado Secretario; H: Suárez, Diputado Secretario.
POR TANTO: La promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno en la ciudad de ...
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