LEY No 559 del 14 de Septiembre de 1983 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Declárase de prioridad y urgencia Nacional así como de necesidad y utilidad pública la ejecución del proyecto múltiple MISICUNI.
Ley Nº 559
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.-
Declárase de prioridad y urgencia nacional, así como de necesidad y utilidad pública la ejecución del proyecto múltiple MISICUNI, que beneficiará al departamento de Cochabamba y al país en la generación de energía eléctrica y la dotación de agua para riego y consumo doméstico de la población.
ARTÍCULO 2º.-
Autorízase al Poder Ejecutivo gestionar la obtención de los créditos necesarios ante los organismos internacionales de financiamiento, por el monto requerido para la ejecución de la referida obra.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines consiguientes.
Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional.
La Paz, 13 de septiembre de 1983.
H. JULIO GARRET AILLON, Presidente del H. Senado Nacional.- H. GUALBERTO CLAURE ORTUÑO, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Luis Añez Alvarez, Senador Secretario.- H. Carmelo Caballero Contreras, Senador Secretario.- H. Alfonso Ferrufino Valderrama, Diputado Secretario.- H. Federico Alvarez Plata Pinto, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta ...
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