LEY No 52 del 19 de Diciembre de 1960 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Clausura del Congreso.
Ley Nº 52
VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
POR TANTO: El Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único.- La presente legislatura ordinaria se clausurará, con el ceremonial de estilo, el día 23 del presente mes.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines Constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 16 de diciembre de 1960.
Fdo. Rubén Julio C., Presidente del H. Senado Nacional; E. Ayala Mercado, Presidente de la Cámara de Diputados; F. Ayala Requena., Senador Secretario; Ciro Humboltd, Senador Secretario; Guillermo Muñoz de la Barra., Diputado Secretario; Bruno Reintsch., Diputado Secretario.
POR TANTO: La promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los diez y nueve días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta años.
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