LEY No 4037 del 17 Junio 2009 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Autoriza a la Prefectura del Departamento de Oruro a programar de manera concurrente, recursos económicos en todos sus presupuestos anuales, para la ejecución del Programa de Vivienda Social y Solidaria- PVS, implementado por el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, a través del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo.
LEY Nº 4037 LEY DE 17 DE JUNIO DE 2009
EVO MORALES AYMA PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Se autoriza a la Prefectura del Departamento de Oruro a programar de manera concurrente, recursos económicos en todos sus presupuestos anuales, para la ejecución del Programa de Vivienda Social y SolidariaPVS, implementado por el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, a través del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo.
ARTÍCULO 2.- El Programa Vivienda Social y Solidaria, recibirá recursos provenientes del Impuesto Directo a los Hidrocarburos IDH, correspondientes a la Prefectura y Municipios de Oruro, para su ejecución e implementación a favor de la población en general de este Departamento.
ARTÍCULO 3.- Podrán acceder al Programa de Vivienda Social y Solidaria, todas las personas que cumplan los requisitos establecidos en la Reglamentación del Programa.
ARTÍCULO 4.- El Programa de Vivienda Social y Solidaria, será ejecutado por la Prefectura del Departamento de Oruro,, Municipios del Departamento, en coordinación con el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, a través del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo.
ARTÍCULO 5.- El Poder Ejecutivo en coordinación con la Prefectura del Departamento y los Gobierno Municipales, deberán dar estricto ...
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