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LEY No 403 del 02 de Julio de 1968 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Crea oficina a partir del 1-1-68 regional dependiente del presupuesto ordinario de la Corporación Boliviana de Fomento para planes de desarrollo económico de iniciativa privada en Tarija.



LEY Nº 403
LEY DE 2 DE JULIO DE 1968

DR. LUIS ADOLFO SILES SALINAS
PRESIDENTE DEL H. CONGRESO NACIONAL

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL H. CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:


ARTÍCULO ÚNICO.- A partir del 1º de enero de 1968, y con cargo al presupuesto ordinario de la Corporación Boliviana de Fomento, instalaráse una oficina regional dependiente de la citada Institución en la ciudad de Tarija, con la finalidad de preparar planes de desarrollo económico, realizar estudios d prefactibilidad y factibilidad de los mismos; financiarlos, ejecutarlos y prestar asesoramiento técnico y económico a la iniciativa privada.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 14 de diciembre de 1967.
Firmado: Hugo Bozo Alcócer, Presidente del H. Senado Nacional, Jorge Ríos Gamarra, Presidente de la H. Cámara de Diputados, Oscar Ortíz Avaroma, Senador Secretario, Víctor Quinteros Rasguido, Senador Secretario, Germán Vargas Martínez, Diputado Secretario, José Calderón Llerena, Diputado Secretario.


POR TANTO, DE CONFORMIDAD CON LO PRESCRITO POR EL ARTÍCULO 78 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO, LA PROMULGO PARA QUE SE TENGA Y CUMPLA COMO LEY DE LA REPÚBLICA.-
Palacio Legislativo en la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de julio ...

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