LEY Nº 396 MAMERTO URRIOLAGOITIA H.
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto: el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL. DECRETA. ARTÍCULO ÚNICO.- Se consignará en el Presupuesto de Obras Públicas de la Nación, correspondiente a la gestión de 1950, la suma de DOS MILLONES DE BOLIVIANOS (Bs. 2000.000.-) destinada a la prosecución y conclusión de los trabajos de aguas potables de Concepción (Tarija), capital de la Provincia Avilés, comenzados hace cuatro años y que amenazan destruirse. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 6 de noviembre de 1950. (Fdo.) J. Manuel Balcazar (Fdo.) Lucio Lanza Solares.- (Fdo.) C. López Arce, Senador Secretario (Fdo.) P. Saucedo Barbery, Senador Secretario.- Fdo.) Julio Crespo,
Diputado Secretario.- (Fdo.) J. A. Brito Miranda.
POR TANTO: la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de
noviembre de mil novecientos cincuenta años. (Fdo.) MAMERTO URRIOLAGOITIA.- (Fdo.) Julio Alvarado.
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