LEY No 3710 del 09 Julio 2007 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Declara a la Provincia San Pedro de Totora, jurisdicción del Departamento de Oruro, Capital Folklórica de la Tarqueada y de los tejidos Multicolores, verde aguayos, ponchos, wistallas, chullus y tarillas que son la indumentaria de las autoridades originarias a nivel departamental y nacional, las mismas se constituyen en símbolos culturales del pueblo aymara y boliviano.
LEY Nº 3710
LEY DE 9 DE JULIO DE 2007
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO 1º.-
Declárase a la Provincia San Pedro de Totora, jurisdicción del Departamento de Oruro, Capital Folklórica de la Tarqueada y de los Tejidos Multicolores, verde aguayos, ponchos, wistallas, chullus y tarillas que son la indumentaria de las autoridades originarias a nivel departamental y nacional, las mismas se constituyen en , símbolos culturales del pueblo aymara y boliviano.
ARTICULO 2º.-
Se dispone que cada 10 de noviembre se realice el desentierro de la tarqa, en honor al inicio de las lluvias, la germinación de la papa, el reverdecimiento de los pastizales y el inicio del Tumpawi y Muyunta de las autoridades
originarias, hilacatas, tata tamanis, mama tamanis de los nueve ayllus de la Provincia.
ARTICULO 3º.-
Quedan encargados del cumplimiento de la presente Ley el Viceministerio de Desarrollo de Culturas, debiendo encarar la realización del estudio, planificación, ejecución e implementación del turismo en la zona.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintisiete días del mes de junio de dos mil siete años.
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