LEY No 3691 del 25 Mayo 2007 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Autoriza a la Prefectura del Departamento de Tarija proceder a la Creación de un "Fondo Integral para la Persona con Discapacidad" y programar los recursos necesarios en sus presupuestos anuales, para el funcionamiento de un Sistema de Seguridad y Asistencia Médica a la Persona con Discapacidad en el Departamento de Tarija.
LEY Nº 3691
LEY DE 25 DE MAYO DE 2007
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO 1º.-
Se autoriza a la Prefectura del Departamento de Tarija proceder a la creación de un "Fondo Integral para la Persona con
Discapacidad" y programar los recursos necesarios en sus presupuestos anuales, para el funcionamiento de un Sistema de Seguridad y Asistencia Medica a la Persona con Discapacidad en el Departamento de Tarij a.
ARTICULO 2º.-
El "Fondo Integral para la Persona con Discapacidad", servirá para beneficiar a todas las personas individuales y
Centro de Rehabilitación Física, Sensorial o Intelectual, del área urbana y rural, con personal, infraestructura y medios técnicos adecuados, de acuerdo a las directrices elaboradas por el Comité Departamental de la Persona con
Discapacidad (CODEPEDIS).
ARTICULO 3º.-
El Comité Departamental de la Persona con Discapacidad, es la entidad autónoma y técnica que tiene la responsabilidad
de socializar y categorizar los proyectos presentados por los Centros de Rehabilitación Física, Sensorial e Intelectual del Departamento de Tarija; de definir la factibilidad de los mismos y ejercer el control social de los procedimientos de adquisición y contratación del personal y de los bienes; como así también la correcta ...
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