LEY No 3688 del 18 Mayo 2007 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Declara de prioridad Departamental la construcción de la Represa - Bodega del Cantón Urmiri, del Municipio de Pazña de la Provincia Poopó del Departamento de Oruro, que atiene como caudales hidrográficos la cuenca cerrada del Lago Poopó y otros ríos de menor afluencia hídrica, que permitirá la adecuada captación y almacenaje del recurso agua, para ser distribuidos de forma adecuada a través de un sistema de riego.
LEY Nº 3688
LEY DE 18 DE MAYO DE 2007
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO 1º.-
Declarase de prioridad departamental la construcción de la Represa -Bodega del Cantón Urmiri, del Municipio de Pazna de la Provincia Poopo del Departamento de Oruro, que tiene como caudales hidrográficos la cuenca cerrada del Lago Poopo y otros ríos de menor afluencia hídrica, que permitirá la adecuada captación y almacenaje del recurso agua, para ser distribuidos de forma adecuada a través de un sistema de riego.
ARTICULO 2º.-
La Prefectura del Departamento de Oruro y el Gobierno Municipal de Pazna, deberán gestionar los recursos necesarios para la ejecución de las obras de la Represa de Urmiri, en cumplimiento a la presente Ley.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los ocho días del mes de mayo de dos mil siete años.
Fdo. Jose Villavicencio Amuruz, Edmundo Novillo Aguilar, Tito Carrazana Baldiviezo, Paulo Bravo Alencar, Flemón Aruni Gonzáles, Orlando P. Miranda Valverde.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la Republica.
Palacio de Gobierno de la ...
Hay 33 palabras restantes para leer que son aproximadamente 1 páginas ...