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LEY No 3262 del 08 Diciembre 2005 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: ACTUALIZADA.- Se declara de prioridad nacional, la construcción del Instituto Beniano de Bellas Artes en la ciudad de Trinidad, Capital del Departamento del Beni.


LEY Nº 3262
LEY DE 8 DE DICIEMBRE DE 2005

SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancinado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1º.-

Se declara de prioridad nacional, la construcción del Instituto Beniano de Bellas Artes, en la ciudad de Trinidad, Capital del Departamento del Beni.

ARTICULO 2º.-

Se encomienda a los Ministerios de Educación y Hacienda, incorporar en el presupuesto del año 2006, la partida correspondiente para la construcción de la infraestructura del Instituto Beniano de Bellas Artes, con recursos del Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social (FPS), toda vez que el mencionado proyecto fiscal cuenta con terreno transferido en Comodato, diseño final, contraparte del 20% de la Prefectura del Beni y una Ley para la dotación de sus itemes, con lo que podrá emprender su pleno desarrollo académico e institucionalidad.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los siete días del mes de diciembre de dos mil cinco años.

Fdo. Sandro Stéfano Giordano García, Norah Soruco de Salvatierra, Juan Luis Choque Armijo, Gonzalo Chirveches Ledezma, Aurelio Ambrosio Muruchi, Norma Cardona de Jordán.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ...

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