LEY No 3261 del 08 Diciembre 2005 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: ACTUALIZADA.- Se declara de prioridad nacional, el potenciamíento de la ganadería bovina en el Departamento del Beni.
LEY Nº 3261
LEY DE 8 DE DICIEMBRE DE 2005
SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO 1º.-
Se declara de prioridad nacional, el potenciamiento de la ganadería bovina en el Departamento del Beni.
ARTICULO 2º.-
A través de la Prefectura y Comandancia General del Departamento del Beni se debe implentar el Proyecto "Redoblamiento Ganadero Bovino y Exportación de Excedentes", en coordinación con las instituciones del rubro.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los siete días del mes de diciembre de dos mil cinco años.
Fdo. Sandro Stéfano Giordano García, Norah Soruco de Salvatierra, Juan Luis Choque Armijo, Gonzalo Chirveches Ledezma, Aurelio Ambrosio Muruchi.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de diciembre de dos mil cinco años. ...
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