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LEY No 3237 del 21 Octubre 2005 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Se declara de prioridad regional la implementación del Proyecto: construcción de "Centros Tecnológicos y Culturales para la Educación" en cada uno de los centros culturales de los municipios del Departamento de Santa Cruz.


LEY Nº 3237
LEY DE 21 DE OCTUBRE DE 2005

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo 1º.-

Se declara de prioridad regional la implementación del Proyecto: construcción de ?Centros Tecnológicos y Culturales para la Educación? en cada uno de los centros culturales de los municipios del Departamento de Santa Cruz.

Artículo 2º.-

El Centro prestará un servicio de apoyo pedagógico a las unidades educativas de la zona de influencia y su administración estará bajo la responsabilidad de alguna institución de desarrollo social reconocida que haya sido elegida por licitación pública, en coordinación de la dirección del Gobierno Municipal respectivo.

Artículo 3º.-

En el plazo máximo de 90 días de la promulgación de la presente Ley, el Poder Ejecutivo a través de sus instancias correspondientes, elaborará el reglamento respectivo a fin de garantizar la eficiencia del proyecto, la administración y
la provisión del servicio de apoyo a las actividades educativas de las escuelas y colegios del municipio.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintiocho días del mes de septiembre de dos mil cinco años. ...

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