LEY No 3012 del 04 Abril 2005 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Apruébase el Corredor Iténez (Guaporé) - Mamoré, como bioregión que contiene unidades de conservación de diferente categoría y población humana y que constituye una sola unidad de manejo priorizada.
APRUEBASE COMO CORREDOR ECOLOGICO ITENEZ (GUAPORE) - MAMORE, COMO BIOREGION QUE CONSTITUYE UNA SOLA UNIDAD DE MANEJO PRIORIZADO
LEY DE 4 DE ABRIL DE 2005
CARLOS D. MESA GISBERT PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO 1º.-
Apruébase el Corredor Iténez (Guapore) - Mamoré, como bioregión que contiene unidades de conservación de diferente categoria y población humana y que constituye una sola unidad de manejo priorizada.
ARTICULO 2º.-
El Corredor Ecológico Iténez (Guaporé) - Mamoré en Bolivia, se extiende por el espacio geográfico conformado por la cuenca hidrográfica del Iténez (Guaporé) - Mamoré englobando las nacientes de los ríos Aragua, San Martín y Blanco (afluentes del río Iténez) y del Yata, descendiendo hasta el río Beni, más las áreas protegidas del Este del Departamento de Pando. Area geográfica al Noroeste de los Departamentos de Santa Cruz y Beni y al Este de Pando.
ARTICULO 3º.-
Son objetivos del Corredor de Iténez (Guaporé) - Mamoré:
- Buscar la conservación y manejo de todos los ecosistsemas identificados en el área del corredor , respetando los derechos y prerrogativas de las poblaciones humanas existentes.
- Mantener el flujo genético de esta región, formada por unidades ...
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