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LEY No 3007 del 21 Marzo 2005 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Declárase de prioridad nacional el incentivo y la protección a la producción y comercialización del cultivo de la Maca en sus diferentes estados de consumo.


LEY Nº 3007
LEY DE 21 DE MARZO DE 2005

CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ARTICULO 1º.-

Declárese de prioridad nacional, el incentivo y la protección a la producción y comercialización del cultivo de la Maca en sus diferentes estados de consumo.

ARTICULO 2º.-

Se autoriz al Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, elaborar e implementar políticas de difusión, promoción y fomento a la producción del cultivo de la Maca en mercados internos y externos.

ARTICULO 3º.-

Quedan encargados del cumplimiento de la presente Ley los Ministerios, Viceministerios, Prefecturas y Gobiernos Municipales que correspondan.

Remitase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, al primer día del mes
de marzo de dos mil cinco años.


Sen. Mario Diego Justiniano Aponte
PRESIDENTE EN EJERCICIO
HONORABLE SENADO NACIONAL


Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de marzo de dos mil cinco años ...

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