LEY No 2704 del 21 Mayo 2004 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Se declara de prioridad nacional, el desarrollo integral del Sudoeste Potosino, que comprende las Provincias Sud Lípez, Nor Lípez, Enrique Valdivieso, Antonio Quijarro y Daniel Campos.
Ley Nº 2704
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.-
Se declara de prioridad nacional, el desarrollo integral del Sudoeste Potosino, que comprende las Provincias Sud Lípez, Nor Lípez, Enrique Valdivieso, Antonio Guijarro y Daniel Campos, en el ámbito del desarrollo social, económico, y del aprovechamiento racional de los recursos naturales renovables y no renovables, desde el punto de vista sostenible.
ARTÍCULO 2º.-
Por razones de protección ambiental, las aguas subterráneas y superficiales del Sudoeste del Departamento Potosí, no podrán ser comercializadas ni exportadas, debiendo ser utilizadas exclusivamente en proyectos de desarrollo de la región.
ARTÍCULO 3º.-
Para la elaboración e implementación del Plan de Desarrollo Regional Integral del Sudoeste Potosino, se conformará una Comisión Específica, compuesta por representantes de los Ministerios de Desarrollo Sostenible, Asuntos Campesinos y Agropecuarios, Desarrollo Económico, Prefectura del Departamento, Municipios y Mancomunidades de la región, CONIAG, FRUTCAS y la UATF.
ARTÍCULO 4º.-
Se otorga un plazo de 30 días, a partir de la promulgación de la presente Ley, para conformar la Comisión y reglamentar su funcionamiento y su cronograma de trabajo, que comprenderá establecer potencialidades y limitaciones naturales de la zona y programar los proyectos de desarrollo sostenible ...
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