LEY No 2698 del 19 Mayo 2004 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Se declara de prioridad regional, en el área de salud, la construcción y equipamiento del Hospital de Segundo Nivel "Plan Tres Mil", ubicado en la ciudadela "Andrés Ibáñez", de la ciudad de Santa Cruz.
DECLARA DE PRIORIDAD REGIONAL, EN EL ÁREA DE SALUD, LA CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DEL HOSPITAL DE SEGUNDO NIVEL PLAN TRES MIL EN LA CIUDADELA ANDRES IBAÑES DE SANTA CRUZ
LEY Nº 2698
LEY DE 19 DE MAYO DE 2004
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
LEY DE PRIORIDAD NACIONAL LA CONSTRUCCIÓN DE UN HOSPITAL EN LA CIUDADELA ANDRES IBAÑEZ "·PLAN TRES MIL"
ARTICULO 1º.-
Se declara de prioridad regional, en el área de salud, la construcción y equipamiento del Hospital de Segundo Nivel "Plan Tres Mil", ubicado en la ciudadela "Andrés Ibáñez", con una superficie de 8.525 m2. en la Unidad Vecinal 161 del Barrio "Virgen de Urkupiña", de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra.
ARTICULO 2º.-
A tal efecto, Autorízase al Poder Ejecutivo, realizar las gestiones necesarias orientadas a obtener la asistencia del Gobierno del Imperio del Japón u otros organismos internacionales.
ARTICULO 3º.-
El Gobierno Municipal de Santa Cruz de la Sierra, deberá asignar los recursos necesarios como contraparte para la conclusión de dicho Hospital.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, ...
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