LEY Nº 2650
LEY DE 13 DE ABRIL DE 2004
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO UNICO.
Incorpóranse al texto de la Constitución Política del Estado los Artículos de la
Ley Nº 2631, de 20 de febrero de 2004, de "Reformas a la Constitución
Política del Estado", y deróganse las Disposiciones Transitorias de la
Ley Nº 1615, de 6 de febrero de 1995, siendo el texto completo de la Constitución Política del Estado, el
siguiente:
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO
TITULO PRELIMINAR
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1º.
I. Bolivia libre, independiente, soberana, multiétnica y pluricultural constituida en República Unitaria, adopta para su gobierno la forma democrática representativa y participativa, fundada en la unión y la solidaridad de todos los bolivianos.
II. Es un Estado Social y Democrático de Derecho que sostiene como valores superiores de su ordenamiento jurídico, la libertas, la igualdad y la justicia.
ARTICULO 2º.
La soberanía reside en el pueblo; es inalienable e imprescriptible; su ejercicio está delegado a los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
La independencia y coordinación de estos poderes es la ...
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