LEY No 1874 del 22 Junio 1998 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: LEY GENERAL DE CONCESIONES DE OBRAS PUBLICAS DE TRANSPORTE.
Ley de Concesiones de obras públicas de transporte
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
LEY GENERAL DE CONCESIONES DE OBRAS PÚBLICAS DE TRANSPORTE
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
ARTÍCULO 1. (Objetode la Ley) La presente ley tiene por objeto normar y regular el régimen legal aplicable a las concesiones de obras públicas de transporte y los niveles de servicios que ellas prestaran, para preparar, licitar, otorgar, contratar, desarrollar, modificar y terminar dichas concesiones, por la Administración Nacional, las prefecturas y las municipalidades.
ARTÍCULO 2. (Alcance de la Ley) Las concesiones que trata esta ley, según las particularidades de cada modo de transporte y del caso específico de obra a que se aplique, tendrán como objeto la Construcción, mejoramiento, rehabilitación, reparación, mantenimiento, financiamiento, operación o explotación de obras públicas de transporte y de los servicios que ellas prestan, cuya propiedad o tuición legal corresponden a la Administración Nacional, Prefecturas o a las Municipalidades, cuya concesión no está expresamente prohibida por la ley o reservada en exclusividad al Estado, las prefecturas o las Municipalidades.
Dichas concesiones podrán otorgarse indistintamente sobre obras ya existentes, obras nuevas o combinaciones de ellas y podrán recaer sobre el todo o parte de una obra singular, o sobre una red de transporte ...
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