LEY del 18 de Diciembre de 1944 - 2 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen:
LEY DE 18 DE DICIEMBRE DE 1944
RIO TACATA. - Los zonas de playa que han quedado libres, decláranse de propiedad de la Municipalidad de Quillacollo y autorízase su venta.
TCNL. GUALBERTO VILLARROEL
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
POR CUÁNTO, la H. Convencion Nacional ha sancionado la siguiente ley:
LA CONVENCION NACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO 1O. - Declárase de propiedad de la Municipalidad de Quillacollo, las zonas de playa del Río "Tacata", que han quedado libres por los frecuentes cambios de su cauce, desde el lugar denominado "Bella Vista" hasta el puente, en el camino a "Marquina" y los terrenos que se obtuvieron como consecuencia de las obras de defensivos, rectificación y canalización que realizará la Dirección Departamental de Hidráulica de la ciudad de Cochabamba.
ARTÍCULO 2O. - La Municipalidad de Quillacollo venderá en subasta pública estos terrenos por lotes o parcelas, según convenga a sus intereses.
ARTÍCULO 3O. - El producto que se obtuviese de los remates, la Municipalidad destinará a las siguientes obras:
a) Al pago de indemnización a los propietarios cuyos terrenos sean utilizados en las rectificaciones del cauce del río;
b) El saldo, a la adquisición de terrenos y construcción de un Hospital en la ciudad de Quillacollo.
Comuníquese al Poder ...
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