LEY del 18 de Noviembre de 1897 - 2 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: IMPUESTOS.-SE ADJUDICA EL DE PEAJE CONOCIDO CON EL DE SANTA ANA Á LA JTA. MPAL. DE LA 2ª. SECCIÓN DE YUNGAS
LEY DE 18 DE NOVIEMBRE
IMPUESTOS.-Se adjudica el de peaje conocido con el de Santa Ana á la Jta. Mpal. de la 2ª. Sección de Yungas
SEVERO FERNANDEZ ALONSO,
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.
Por cuanto, el Congreso Nacional ha dictado la siguiente ley:
EL CONRESO NACIONAL, DECRETA: ARTÍCULO ÚNICO.- Adjudícase á la Junta Municipal de la primera sección de Yúngas, el impuesto de peaje conocido por el de Santa Ana, para la construcción y conservación del
camino del mismo nombre. Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones del Congreso Nacional.- Sucre, 16 de noviembre de 1897
J. EUSEBIO HERRERO.
JOSÉ MARIA LINARES.
Samuel Oropeza.
S. S.
Crisólogo Gallardo.
D. S.
Trifón Meleán.
D. S. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República. En Sucre, a los 18 días del mes de noviembre de 1897.
SEVERO F. ALONSO.
Macario Pinilla.
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