LEY del 17 de Noviembre de 1948 - 1 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: PROVINCIA BAUTISTA SAAVEDRA.- CRÉASE ÉSTA EN EL DEPARTAMENTO DE LA PAZ.
LEY DE 17 DE NOVIEMBRE DE 1948
PROVINCIA BAUTISTA SAAVEDRA.- Créase ésta en el Departamento de La Paz.
ENRIQUE HERTZOG G.PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA Por cuanto: el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL DECRETA:
ARTÍCULO 1º- Créase la Provincia "Bautista Saavedra" sobre la base de la Segunda Sección Municipal de la actual Provincia Muñecas, con la capital Villa General Juan José Pérez (Charazani) y los cantones General Gonzáles (Chajaya), Curva, Amarete, Chullina y parte del cantón Camata.
ARTÍCULO 2º- Los límites de la nueva Provincia con Muñecas serán los siguientes: el actual límite entre la Primera y Segunda Sección a partir de su intersección con la Provincia Camacho hasta el punto de intersección con el río Charazani o Camata, quedando esta última población dentro de la Provincia Muñecas, y a partir de este segundo punto, el curso del río Camata hasta el punto denominado Sillapata, donde formando un ángulo o codo seguirá el trazo actual del camino real de herradura Camata-Apolo hasta el punto de intersección con el límite actual con Caupolicán. Los límites con Camacho y Caupolicán serán los actualmente existentes. Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 13 de noviembre de 1948. P. Zilveti A.- ...
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