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LEY No 17-11-1888 del 17 de Noviembre de 1888 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: IMPRENTA.- LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS PUEDEN QUERELLARSE ANTE EL JURADO O ANTE LOS TRIBUNALES ORDINARIOS.



LEI DE 17 DE NOVIEMBRE

IMPRENTA.- Los funcionarios públicos pueden querellarse ante el jurado o ante los tribunales ordinarios.

ANICETO ARCE, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA DE BOLIVIA
Por cuanto el congreso nacional ha sancionado la siguiente lei.
EL CONGRESO NACIONAL. DECRETA:
Quedan vigentes las leyes, decretos y reglamentos de imprenta, con las modificaciones siguientes:


EL ARTICULO 8.- º del decreto reglamentario de 26 de octubre de 1863, se sustituirá con el siguiente:
Art. 8.º-Los funcionarios públicos que sean injuriados o calumniados por la prensa, tendrán el derecho potestativo de querellarse ante el jurado o ante los tribunales ordinarios.
En la misma forma, podrán los fiscales, ya en virtud de denuncia o simplemente de oficio, instaurar la accion pública o penal en todos los delitos públicos.
El ministro de justicia mandará compaginar la lei de imprenta suprimiendo todos los artículos modificados o derogados, y revisado ese trabajo por el fiscal general, se publicará por la prensa.
Comuníquese al poder ejecutivo.
Sucre, noviembre 16 de 1888
J. M. DEL CARPIO.- Manuel José Fernández.- Severo F. Alonso-S. Secretario.- Manuel Othon Jofré (hijo)-D. Secretario. -Adolfo Siles-D. Secretario. Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como lei de la república. Casa de gobierno, en Sucre, a los diez y siete dias del mes de noviembre de mil ...

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