LEY No 1674 de 15 de diciembre de 1995 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Ley contra la violencia en la familia o doméstica
Ley contra la violencia en la familia o domestica
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:
LEY CONTRA LA VIOLENCIA EN LA FAMILIA O DOMESTICA
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
ARTÍCULO 1. (Alcances) La presente ley establece la política del Estado contra la violencia en la familia o doméstica, los hechos que constituyen violencia en la familia, las sanciones que corresponden al autor y las medidas de prevención y protección inmediata a la víctima.
ARTÍCULO 2. (Bienes protegidos) Los bienes jurídicamente protegidos por la presente ley son la integridad física, psicológica, moral y sexual de cada uno de los integrantes del núcleo familiar.
ARTÍCULO 3. (Prevencion) Constituye estrategia nacional la erradicación de la violencia en la familia.
El Estado a través de sus instituciones especializadas y en coordinación con las asociaciones civiles e instituciones privadas relacionadas con la materia:
a. Promoverá la incorporación en los procesos de enseñanza aprendizaje curricular y
extra - curricular, orientaciones y valores de respeto, solidaridad y autoestima de niños, jóvenes y adultos de ambos sexos, fomentando el acceso, uso y disfrute de los derechos ciudadanos sin discriminación de sexo, edad, cultura y religión.
b. impulsará un proceso ...
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